Reseña del texto Voto en prisión preventiva
María Cristina de Guadalupe Campos Zavala
Páginas 82-93 · RGyDH Vol. 5 Núm. 9, Enero-Junio 2021
DOI: En proceso de asignación (Zenodo)
Resumen
El tratamiento que el estado mexicano tiene respecto al ejercicio del voto activo de las personas en prisión preventiva, posiciona a la nación en una situación de negación e invisibilidad de la existencia de este grupo de personas, viéndose afectado a su vez, un gran número de la comunidad de posibles electores que afectan el principio del ejercicio del sufragio universal. Así pues, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que una lectura actualizada de la Constitución, debe realizarla desde la perspectiva de hacerla coexistir con dos derechos fundamentales: el derecho a votar y el derecho a la presunción de inocencia, a fin de hacer la interpretación más favorable para las personas. Concluyó que de una interpretación conforme se advierte que, la suspensión del artículo 38, fracción II, de la Constitución no se justifica previo al dictado de una sentencia condenatoria. Conforme a lo anterior, es criterio de la Sala Superior que se deben eliminar los obstáculos para el ejercicio del derecho a votar, porque las personas sujetas a proceso penal, sin ser condenadas, gozan del derecho de presunción de inocencia, por lo que se determinó́ que deben continuar en el uso
Palabras clave: prisión preventiva, viéndose afectado, sufragio universal, estado mexicano, voto activo, situación de negación, negación e invisibilidad, electores que afectan.
Abstract
The Mexican State´s treatment regarding the exercise of the right to vote by individuals in pre-trial detention places the nation in a position of denial and invisibility of the existence of this group of persons, which sequentially affects a large number of the community of potential voters. This affects the principle of the exercise of universal suffrage. Thus, the Nation´s Supreme Court of Justice (SCJN) ruled that an updated reading of the Constitution must be carried out from the perspective of making it coexist with two fundamental rights: the right to vote and the right to the presumption of innocence, in order to make the interpretation more favorable to the individual. It concluded that a consistent interpretation shows that the suspension of article 38, section II, of the Constitution is not justified prior to the passing of a conviction. Accordingly, it is the opinion of the Higher Chamber that obstacles to the exercise of the right to vote should be removed, since individuals subject to criminal proceedings, not yet convicted, enjoy the right to be presumed innocent, and it was determined that they should continue to exercise and enjoy all of their rights. Conceptos cla
Keywords: Vote, preventive prison, human rights, justice, inclusive. * Licenciada en Derecho y Ciencias Jurídicas, con maestría en materia electoral.
📋 Cómo citar este artículo
APA 7
Campos Zavala, M. C. d. G. (2021). Reseña del texto Voto en prisión preventiva. Revista de Garantismo y Derechos Humanos, 5(9), 82-93.
Estilo de la Revista
CAMPOS ZAVALA, María Cristina de Guadalupe, "Reseña del texto Voto en prisión preventiva" en Revista de Garantismo y Derechos Humanos, Tlaxcala, Universidad Autónoma de Tlaxcala, Centro de Investigaciones Jurídico-Políticas, año 5, núm. 9, enero-junio, 2021, pp. 82-93.
BibTeX
@article{CamposZavala2021,
author = {María Cristina de Guadalupe Campos Zavala},
title = {Reseña del texto Voto en prisión preventiva},
journal = {Revista de Garantismo y Derechos Humanos},
volume = {5},
number = {9},
year = {2021},
pages = {82--93},
issn = {2448-833X},
publisher = {Universidad Autónoma de Tlaxcala}
}
🔄 Compartir este artículo
📊 Métricas y estadísticas
Las métricas de vistas y descargas estarán disponibles una vez que el artículo sea depositado en Zenodo (DOI permanente).
💬 Comentarios y discusión